Por: REDACCIÓN ELTIEMPO.COM | 1:21 p.m. | 01 de Agosto del 2012
Se trata de Santiago Alberto Uribe Ortiz. La Corte Constitucional se pronunció.
Por tener una condena vigente de cuatro años de cárcel por porte ilegal de armas, la Corte Constitucional rechazó una demanda contra las reformas a la extinción de dominio contenidas en la Ley de Seguridad Ciudadana que presentó el abogado Santiago Alberto Uribe Ortiz, quien fuera el abogado de cabecera del fallecido capo del cartel de Medellín Pablo Escobar.
En una dividida decisión, en la que el magistrado Humberto Sierra Porto se apartó de la mayoría de la Sala y salvó su voto, la Corte consideró que el demandante, «en la actualidad se encuentra suspendido en el ejercicio de sus derechos políticos y, en esa medida, carece de legitimación para ejercer la acción pública de inconstitucionalidad».
El abogado Uribe -quien escribió un libro con prólogo de Pablo Escobar Gaviria- pedía tumbar el artículo 72 de la norma, que endureció las causales de la extinción de dominio, alegando que desconocían los principios de la buena fe y de la presunción de inocencia. La modificación ordena disponer de los bienes que hayan sido utilizados en actividades ilícitas, sean producto de acciones criminales o de cualquier origen ilegal.
Sin embargo, al tramitar la demanda, la Procuraduría encontró que quien firmaba como su autor se identificó como Santiago Wribb Ordeig pero el número de cédula correspondía al de Santiago Uribe Ortiz, quien en el momento de radicar el caso en la Corte cumplía una condena de cuatro años de cárcel al ser sorprendido en un bar con un arma de fuego sin salvoconducto.
«Es menester advertir que en torno de la presente demanda existe una serie de hechos que ameritan ser investigados por las autoridades competentes», advirtió el Ministerio Público en el concepto y le pidió a la Corte que por estos motivos se declarara inhibida para admitir la demanda.
En la discusión, el magistrado Humberto Sierra insistió en que el hecho de que a una persona condenada y que esté privada de la libertad no se le puede negar el derecho de «acceder a la administración de justicia» y consideró que en este caso no se está reconociendo un derecho fundamental.
La Corte comprobó que Ortiz fue detenido por la Policía a las 8 de la mañana del 5 de febrero del 2008 en la cafetería Tayrona en el Retiro (Antioquia) con un revólver Rohm calibre 22 y cargado con seis cartuchos de bala. Ocho meses después, un juez municipal de Rionegro (Antioquia) lo condenó a 48 meses de prisión y a la pérdida de sus derechos civiles y funciones públicas por el mismo tiempo.
El abogado, que apoderó a escobar en una tutela, en la que el capo pedía amparar sus derechos a la vida y al debido proceso luego de su fuga de la cárcel de La Catedral en Envigado (Antioquia), se hizo famoso al publicar un libro con una edición de mil ejemplares sobre la extradición que llevaba como novedad un prólogo del jefe del Cartel de Medellín.
El prólogo ocupa las primeras siete páginas del libro y allí Escobar -que en ese momento huía del bloque de búsqueda y era considerado el hombre más perseguido del planeta-, tuvo la osadía de firmar su escrito en Medellín, desafiando a las agencias de seguridad del Estado que lo buscaban.
El capo pide en el escrito que la recientemente convocada Asamblea Constituyente, que dio paso a la Constitución de 1991, incluya el tema de la extradición en sus discusiones y califica la lucha contra el cartel de Medellín no como una acción contra la delincuencia sino como «una lucha de clases». También niega por primera vez su participación en el magnicido de Luis Carlos Galán.
REDACCIÓN JUSTICIA